Micelio
Auto4 de marzo de 2021

A- de 2021

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Diana Fajardo Rivera

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Impedimento De Magistrado
  • Aceptar impedimento manifestado por magistrado de la Corte Constitucional, por causal de interés en la actuación del cónyuge o compañero permanente del funcionario judicial
Impedimentos Y Recusaciones
  • Garantía de independencia e imparcialidad del funcionario judicial
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Impedimento formulado por la Magistrada Diana Fajardo Rivera para conocer y participar en el presente asunto.

La causal invocada fue la prevista en el numeral 1º del artículo 56 de la Ley 906 de 2004, referente al a presencia de un interés en la actuación procesal, debido a que su cónyuge es el presidente de la Junta Directiva de una institución educativa de carácter privado y de propiedad familiar, que podría verse afectada por el fallo que se emita, en caso de ser éste procedente.

La Corte declaró FUNDADO el impedimento promovido por la doctora Fajardo y, en consecuencia, decidió separarla del conocimiento del proceso de tutela cuyo impediente fue aceptado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. DECLARAR FUNDADO el impedimento formulado por la Magistrada Diana Fajardo Rivera en el proceso de tutela acumulado T-7.956.560 y T-7.956.572, promovido por las senoras Diana Carolina Cuadros Tenjo y Leidy Paola Narvaez Pardo, en contra de el Ministerio de Educacion Nacional, la Secretaria de Educacion de Bogota, la Red Nacional Academica de Tecnologia Avanzada -Renata- y la Empresa de Telefonos de Bogota.
  2. SEGUNDO. SEPARAR a la Magistrada Diana Constanza Fajardo Rivera del conocimiento del proceso correspondiente a la accion de tutela cuyo impedimento se acepta en los terminos de esta providencia.
  3. TERCERO. Contra esta decision no procede ningun recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.